Restricciones en las Islas Baleares eran inconstitucionales.

El Tribunal Constitucional en Madrid ha dictaminado por unanimidad que varias medidas establecidas por decreto ley balear durante la pandemia eran inconstitucionales.

Al igual que en una sentencia similar con respecto a las medidas de Covid adoptadas por el gobierno regional en Galicia, la opinión del Tribunal Constitucional es que estas eran medidas que solo podían ser reguladas por ley orgánica española, que se refiere a los derechos y libertades fundamentales en la Constitución.

Los decretos leyes firmados por Francina Armengol como presidenta de las Islas Baleares eran, en opinión del tribunal, casi idénticos a las leyes firmadas por Alberto Núñez Feijóo, ahora líder nacional del Partido Popular, cuando era presidente de Galicia.

Por lo tanto, y entre otras cosas, el tribunal ha determinado que el toque de queda, las limitaciones de movimiento y de reuniones, el horario de apertura restringido o el cierre de negocios eran inconstitucionales.

Además, la insistencia del gobierno regional en pruebas diagnósticas para todas las personas que presentaban síntomas y pruebas de detección colectiva también eran inconstitucionales.

LEAR  Renovación del Centro Cívico Ramón de Campoamor