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Imagina esta situación, te concedieron la Visa de Nómada Digital de España (DNV) por un período de tres años al solicitarla en el país porque cumplías todas las condiciones específicas, pero ahora, seis meses después, pierdes tu trabajo o algunos de tus clientes. Esto en realidad no es tan poco común, especialmente si eres autónomo.
En primer lugar, hay dos formas de obtener la DNV en España: una es siendo empleado, trabajando de forma remota para una empresa en el extranjero y la otra es siendo autónomo, trabajando para varios clientes o empresas en el extranjero.
Se te habría concedido la visa en base a varias condiciones diferentes, una de las más importantes siendo que cumplas con los requisitos de ingresos. Para 2025, esto equivale a €2,762 al mes, más si traes contigo a tu pareja e hijos en la visa también.
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Otro requisito importante si eres autónomo es que contribuyas mensualmente al sistema de seguridad social de España. Si eres empleado trabajando de forma remota, entonces tu empleador se encargará de pagar esto, o estará cubierto por las contribuciones a la seguridad social en tu país de origen, si tiene un acuerdo con España.
Según la Ley 14/2013 sobre trabajadores a distancia, se establece claramente que “las condiciones que llevaron a la autorización de la visa deben mantenerse durante su validez”.
El bufete de abogados Para Inmigrantes explica esto más a fondo al decir que debes cumplir “una serie de obligaciones para poder seguir legalmente en España”.
“Es importante que continúes con tu actividad profesional o autónoma una vez en España” añaden.
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Pero, ¿qué pasa si tu situación cambia y te despiden de tu trabajo o ya no tienes suficiente trabajo de tus clientes?
Técnicamente no estarás cumpliendo las condiciones originales de tu visa si ya no trabajas para tu empresa o no cumples con los requisitos de ingresos porque has perdido un cliente y ahora estás ganando menos.
La firma legal Visal Immigration afirma que la ley anterior enfatiza la importancia de reportar cualquier cambio que pueda afectar las condiciones de tu visa.
En este caso, “es imperativo que la parte interesada informe a la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE) en un período máximo de 30 días. Esta notificación es esencial para garantizar la transparencia y legalidad de cualquier alteración en las circunstancias”.
En otras palabras, si pierdes tu trabajo o un cliente, tienes un período de un mes para informar a UGE sobre lo sucedido. Este es el organismo al que solicitaste en primer lugar, si lo hiciste desde dentro de España.
María Luisa de Castro de abogados Costa del Luz explica: “Mi consejo es comunicar esto a la correspondiente Oficina de Extranjería y solicitar un período de gracia para cumplir con los requisitos antes de la próxima fecha de renovación”.
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El problema probablemente se manejará caso por caso, porque en algunos casos ganarás menos, mientras que en otros casos, directamente no estarás trabajando. Técnicamente, sin embargo, si ya no cumples con las condiciones, UGE podría revocar tu visa y tu derecho a vivir y trabajar de forma remota en España.
Visal Immigration afirma que “Si las modificaciones no se notifican y son detectadas por la administración, se evaluará la situación. Si no se cumplen los requisitos establecidos, la autorización podría ser revocada. Es vital entender que la falta de comunicación puede tener consecuencias graves y afectar la validez del permiso de residencia y trabajo”.
Para minimizar la posibilidad de que esto ocurra, es crucial seguir pagando tus contribuciones a la seguridad social si eres autónomo.
En cualquier caso, si deseas seguir viviendo en España, es esencial que busques otro trabajo remoto o nuevos clientes lo antes posible, que cumplan con los requisitos de la visa.
Si logras conseguir otro trabajo, entonces deberás informar a UGE de esto lo antes posible.
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Pero es importante conseguir un trabajo en condiciones similares a las que tenías antes, porque de lo contrario, es posible que tengas que volver a solicitar tu visa.
Según el grupo legal Abogacía y Peritaje Sáinz, “En el caso de que un autónomo se convierta en empleado o si el teletrabajador empleado cambia de empresa, se requeriría una nueva autorización porque es necesario verificar que está afiliado a la Seguridad Social a través de esa empresa”.
También agregan que si hay un cambio al contratar con una nueva empresa extranjera, también debes presentar una nueva solicitud demostrando que se cumplen todos los requisitos.
Esto significa básicamente que puede ser necesario comenzar tu solicitud de DNV nuevamente, especialmente si estás cambiando de empleado remoto a autónomo o viceversa.
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Aunque aún puedes quedarte en España y buscar un nuevo trabajo remoto, es probable que el verdadero problema surja al intentar renovar tu visa.
Actualmente, UGE no está verificando los ingresos y declaraciones de impuestos durante todo el año, pero al momento de la renovación, necesitarán saber que sigues cumpliendo con todas las condiciones.
Abogacía y Peritaje Sáinz escribe: “Debes demostrar en el momento de la renovación que te has registrado en la seguridad social y que durante la validez de la autorización has mantenido contrato(s) que te permitan demostrar los medios de vida solicitados en España”.
Aún no está claro qué decidirá UGE cuando se trate de la renovación si hubo varios meses en los que no ganaste suficiente dinero o no mantuviste tu contrato, pero en el momento real de la renovación debes haber asegurado un nuevo trabajo o clientes.
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