En una decisión controvertida, el Tribunal Supremo de España ha exonerado a una mujer de cualquier delito después de mantener a su perro en condiciones deplorables durante tres meses mientras moría de cáncer.
La decisión ha generado debate sobre si es aceptable ignorar el consejo de un veterinario cuando un animal está terminalmente enfermo.
El caso se centra en una mujer que, después de que un veterinario le aconsejara sacrificar a su perro, Luna, decidió no seguir la recomendación.
Luna, sufriendo de un tumor canceroso no tratado, fue mantenida en casa en condiciones insalubres, experimentando finalmente un dolor significativo y deterioro.
Agentes de Seprona, la agencia de bienestar animal de España.
El Tribunal Supremo, en una decisión de 3-2, falló a favor de la acusada, concluyendo que no era responsable de la muerte del animal.
La mayoría de los jueces determinaron que la mujer no pudo evitar el resultado inevitable, mientras que dos jueces disidentes argumentaron que debería haber hecho sacrificar a Luna como le aconsejó el veterinario.
Los eventos se remontan a octubre de 2018, cuando la mujer llevó a Luna, que no estaba ni microchipada ni registrada, a una clínica veterinaria en Valencia.
Allí, el perro fue diagnosticado con un gran tumor ulcerado y una grave infección.
El veterinario recomendó la eutanasia inmediata, pero la mujer pidió tiempo para consultar con su hija y le recetaron un tratamiento de cinco días con antibióticos y antiinflamatorios, con la intención de regresar para la eutanasia.
Sin embargo, no siguió adelante y no buscó más tratamiento, permitiendo que empeorara la condición del perro.
Tres meses después, la policía local fue llamada a la casa de la mujer por una emergencia médica que involucraba a un familiar.
Al llegar, los agentes notaron la grave condición de Luna, incluyendo una gran herida infectada y mala higiene.
El perro fue llevado a un refugio de animales, donde tuvo que ser sacrificado. La asociación de vecinos local cubrió el costo de €312.88 de hospitalización y cremación.
Inicialmente, la mujer fue condenada a nueve meses de prisión y a una prohibición de dos años de tener animales por maltrato animal.
Sin embargo, el Tribunal de Valencia revocó esta sentencia. Insatisfecha, una organización de protección animal apeló al Tribunal Supremo, que confirmó la absolución y ordenó a la asociación pagar los costos legales.
El alto tribunal determinó que la evidencia no mostraba abuso activo o abandono, afirmando que la condición de Luna seguía siendo consistente con su diagnóstico terminal de meses atrás.
La mayoría de los jueces concluyeron que la mujer no podía ser considerada responsable de la muerte del perro simplemente porque no optó por la eutanasia.
Sin embargo, los jueces Ángel Hurtado y Manuel Marchena discreparon, argumentando que la falta de cuidado veterinario necesario de la mujer y su negligencia empeoraron el sufrimiento del perro.
Ellos enfatizaron que debería haber sido condenada por conducta negligente, que contribuyó directamente al dolor y empeoramiento de la condición del perro.
Aunque los jueces disidentes no buscaban castigar a la mujer por no sacrificar a Luna, creían que su negligencia debería haber sido reconocida como una forma de abandono que empeoró las lesiones del perro.
La decisión ha planteado preguntas importantes sobre las responsabilidades de los dueños de mascotas y el papel de los veterinarios en decisiones sobre animales terminalmente enfermos.