La Corte decidirá sobre la limpieza de Palomares.

El Tribunal Nacional estudiará el recurso presentado por Ecologistas en Acción para detener la limpieza de terrenos contaminados con americio y plutonio en Palomares (Almería) con el fin de decidir si ordenar y dar un plazo al Ministerio para la Transición Ecológica (Miteco) para la ejecución del plan de rehabilitación en la zona.

En una resolución, el órgano judicial acepta la jurisdicción para conocer este recurso después de que el Tribunal Central de lo Contencioso-Administrativo número 8 decidiera elevar las actuaciones el pasado abril, teniendo en cuenta los criterios de la Fiscalía frente a la posición de la Abogacía del Estado, que concedió la jurisdicción a la Audiencia Provincial de Madrid (TJSM).

La jueza de la Sección Primera Nieves Buisán acordó así continuar con las actuaciones, dando a las partes cinco días para presentar un recurso si no están de acuerdo con la decisión.

El Tribunal Central Administrativo ya coincidió con la opinión de la Fiscalía, que considera que el Secretario de Estado de Energía del Ministerio es el encargado de “desarrollar” la remediación del suelo radiactivo en Palomares con el almacenamiento temporal de 6.000 metros cúbicos de residuos.

Al respecto, el juez Celestino Salgado señaló un artículo de la ley de energía nuclear incluido en el Real Decreto por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, que establece que el Miteco, a través del Secretario de Estado de Energía y previo informe del Consejo de Seguridad Nuclear, puede declarar un suelo o terreno como radiológicamente contaminado.

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“Dado que el objeto del recurso es el rechazo por silencio administrativo de una solicitud sobre una materia cuya resolución es competencia de un Secretario de Estado, la jurisdicción corresponde a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional”, determinó el magistrado-juez.

El órgano ha pedido al Ministerio en varias ocasiones que remita el expediente administrativo sobre la limpieza del suelo contaminado para decidir sobre esta cuestión de competencia, llegando incluso a emitir un apercibimiento a la autoridad o funcionario responsable por no hacerlo.

El grupo conservacionista tomó la iniciativa el pasado febrero, 58 años después de que cuatro bombas termonucleares cayeran accidentalmente en la aldea tras la colisión en el aire de dos aviones de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos y ante la evidencia de que “todo sigue igual”.

La decisión de llevar la situación de “inacción” que ha perdurado en el tiempo a los tribunales se debe al “silencio” por parte del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico ante las peticiones de Ecologistas en Acción de “establecer un plazo” para “llevar a cabo” el Plan de Rehabilitación para la zona que el Gobierno siempre ha mantenido que debe ser ejecutado por la administración estadounidense.

Esta es la segunda vez que se solicita a la Audiencia Nacional fijar un plazo para llevar a cabo la limpieza y ordenar que, mientras se encuentra un almacenamiento definitivo para el material radiactivo, se deposite temporalmente los aproximadamente 6.000 metros cúbicos de residuos obtenidos tras el tratamiento de los 50.000 metros cúbicos de terreno previstos por el Ciemat y el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN).

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La primera vez, el tribunal dictaminó en 2019 que el CSN “no tenía competencia” para ejecutar las solicitudes de la organización medioambiental, aunque no especificó qué organismo debería hacerlo.

RECLAMACIÓN ANTE ESTRASBURGO

Paralelamente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) también anunció que estudiará la demanda que Ecologistas en Acción interpuso contra España por la “falta de solución” a la “emergencia radiológica” que se ha vivido en Palomares desde 1958 y la “inacción” de los “sucesivos gobiernos” para poner fin a una “situación tan prolongada” en el tiempo que ha puesto “en riesgo la vida de las personas”.

El Registro del Tribunal de Estrasburgo abrió un expediente para estudiar la reclamación a principios de junio, que será examinado “lo antes posible” en base a los documentos e información proporcionados por el grupo conservacionista el pasado febrero.

El grupo sostiene que los habitantes de Palomares han sido “sometidos” a “experimentos científicos sin su consentimiento” y afirma que se les ha “permitido ingerir e inhalar partículas radiactivas” con el “objetivo de investigar” las consecuencias del “plutonio en la salud” hasta “el año 2009”, en el marco del proyecto ‘Índalo’ acordado entre España y Estados Unidos, que describe como un “tratamiento degradante”.

“La contaminación radiactiva en Palomares es un caso único en la historia de España. Aún está pendiente de resolución y ningún gobierno español ha adoptado medidas paliativas, siendo la única la vallado de una gran parte de la zona afectada que se completó en 2011, aunque a día de hoy todavía hay áreas contaminadas fuera de la valla por las que las personas y el ganado se mueven libremente”, indicaron.

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La demanda pide al TEDH abordar el “corazón del problema” en Palomares, reconociendo este punto, y también pide revocar la sentencia de la Audiencia Nacional, confirmada por el Tribunal Supremo (TS) en noviembre de 2022, que consideró que el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) no era competente para llevar a cabo la limpieza de la radiactividad en la zona sin determinar qué organismo era responsable.