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Si estás registrado como autónomo en España y tu negocio va bien, es posible que empieces a pensar en contratar empleados para que te ayuden. Aquí tienes todo lo que necesitas saber sobre cómo hacerlo.
Si trabajas por cuenta propia, tienes la opción de contratar empleados de varias formas, puedes contratar a alguien de forma temporal, contratar sus servicios de manera similar a como un cliente te contrataría a ti o contratarlos como empleados a tiempo completo.
Paso 1: Si quieres contratar a alguien ya sea a tiempo completo o por contrato, pero no como otro autónomo, y nunca has contratado empleados antes, el primer paso es registrarte como ‘empresario’ en la oficina de impuestos, así como en la Seguridad Social.
Paso 2: Para registrarte en la Seguridad Social necesitarás completar el Modelo o formulario TA-6 aquí, seguido por el Modelo TA.7 aquí. Cuando hayas completado el segundo formulario, se te dará un Código de Cuenta de Cotización, un número que te identifica como empleador.
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Paso 3: Si estás listo para contratar a alguien de inmediato y ya sabes a quién quieres contratar, entonces puedes registrar a tu empleado en la Seguridad Social completando el Modelo TA. 2/S aquí. Necesitarás su número de seguridad social, DNI y número de cuenta.
Si estás dando a alguien su primer trabajo, también debes asegurarte de que obtengan su número de seguridad social antes de poder continuar. Este número es válido de por vida, por lo que no necesitarán uno nuevo si han trabajado en España anteriormente.
Paso 4: Tienes un plazo de 10 días para registrar el contrato en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Puedes llevar a cabo todos estos trámites electrónicamente, utilizando el Sistema Cret@.
Este enlace te muestra todos los posibles tipos de contratos que puedes elegir para tu nuevo empleado, desde temporales hasta permanentes.
Recuerda, si hay algún cambio en los contratos de tus empleados o tienes que despedirlos por alguna razón, debes informar a la Seguridad Social de inmediato. Puedes hacerlo completando los formularios TA.1 y TA.2/S aquí.
Después de completar los pasos anteriores, deberás empezar a pagar oficialmente las contribuciones a la seguridad social de tus empleados, así como las tuyas, y por supuesto también su salario.
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¿Cuánto cuesta contratar a un trabajador cuando eres autónomo?
El costo de la seguridad social y el salario de tu empleado dependerá tanto del Convenio Colectivo que corresponda a tu industria, como del tipo de contrato que hayas elegido.
En general, el costo de sus contribuciones a la seguridad social será del 30 por ciento de su salario base.
¿Cuántas personas puedo contratar?
Hay un límite en el número de trabajadores que puedes contratar si eres autónomo. Se te permite contratar un máximo de 10 empleados, dependiendo del tipo de actividad que realices.
Por ejemplo, si tienes una panadería, se te permite contratar un máximo de seis personas, mientras que si tu negocio es en el comercio minorista, solo puedes contratar un máximo de cinco trabajadores.
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¿Puedo contratar a otro autónomo?
Como se mencionó al principio de este artículo, es posible simplemente contratar a otro trabajador autónomo también, lo que significa que no serás responsable de sus pagos a la seguridad social y los contratarás de forma independiente.
Esto significa, sin embargo, que no podrán tener un horario fijo de trabajo ni un salario establecido. Serán responsables de pagar sus propias contribuciones a la seguridad social y te facturarán por las cantidades que se les deben cada mes, según lo acordado.
¿Puedo contratar a un familiar o a un socio?
Según el artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores, cuando un autónomo contrata a un familiar, debe hacerlo como colaboradores autónomos como se mencionó anteriormente, excepto cuando se pueda demostrar que existe una relación laboral profesional. En el segundo caso, deberán tener un contrato de trabajo formal y tendrás que pagar sus contribuciones a la seguridad social.
En otras palabras, si el familiar vive contigo y no recibe un ingreso fijo, pero comparte los riesgos del negocio, la contratación se realizará como colaborador autónomo.
¿Puedo contratar a otro extranjero?
Sí, se te permite contratar a extranjeros tanto de la UE como de fuera de la UE, siempre y cuando estén debidamente registrados en España y tengan derecho a trabajar aquí.
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