El Ayuntamiento de Alicante tiene como objetivo tener un control total sobre la regulación, inspección y capacidad sancionadora en cuanto a los apartamentos turísticos, tanto es así que el equipo de gobierno del PP ya ha completado los primeros pasos para solicitar la transferencia de estas competencias específicas, anticipando su intención de adherirse a esta opción junto con una consulta sobre los requisitos necesarios para asumirlas, tal como se establece en el Decreto Ley 9/2024 aprobado por el Consell en julio, pendiente de ratificación en les Corts, aunque su entrada en vigor se produjo el mismo día de su publicación en el DOCV, el 7 de agosto.
La solicitud realizada a través del Departamento de Urbanismo es una de las primeras registradas en el Departamento de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, que ya ha recibido solicitudes de información y consultas de otros municipios de la Comunidad Valenciana.
Con la delegación de competencias, el Ayuntamiento de Alicante no solo tendrá la capacidad de ordenar y decidir desde un punto de vista de urbanismo en qué áreas del centro urbano y bajo qué condiciones específicas (bloque completo o propiedad aislada) se podrá autorizar el funcionamiento de un apartamento turístico. Esto está previsto en el artículo 64 bis del Decreto Ley, que especifica que “los Ayuntamientos, por razones imperiosas de interés general, y a través del ejercicio de sus competencias en materia de urbanismo, podrán establecer limitaciones proporcionadas, en lo que respecta al número máximo de viviendas turísticas por edificio, sector, área o zona. Estas limitaciones deben obedecer a criterios claros, inequívocos y objetivos, que hayan sido debidamente publicitados antes de su aplicación”.
Esta competencia se verá ahora complementada por la capacidad de reforzar la lucha contra la oferta ilegal ejerciendo directamente la función de inspección. Además, también podrá iniciar, instruir y resolver expedientes sancionadores en caso de detectarse posibles infracciones leves, graves o muy graves.